GUÍA FORMAL DE CONFORMIDAD
Transporte internacional: aplicable a partir del 1 de julio de 2026.
Documento redactado en fecha: 26.02.2026
La obligación de equipar con tacógrafos los vehículos de 2,5-3,5 t utilizados en el transporte internacional supone cambios importantes para los operadores de Rumanía a partir del 1 de julio de 2026. La ampliación de las normas mediante el Paquete de Movilidad I no solo implica la instalación de un equipo técnico, sino también el cumplimiento estricto de las normas relativas a los tiempos de conducción, el desplazamiento y la remuneración de los conductores. Estos son los principales aspectos esenciales que debe tener en cuenta:
- A partir del 1 de julio de 2026, los vehículos de 2,5 a 3,5 toneladas utilizados en el transporte internacional o el cabotaje deberán estar equipados con un tacógrafo inteligente de segunda generación (Smart Tachograph G2V2).
- La obligación se aplica a las empresas que realizan transporte internacional de mercancías u operaciones de cabotaje en la UE.
- La instalación, calibración y sellado del tacógrafo deben realizarse en talleres autorizados, y los datos deben descargarse y archivarse periódicamente.
- Es obligatorio respetar los tiempos de conducción, las pausas y los períodos de descanso de acuerdo con la legislación europea.
- Los operadores deben poseer la licencia comunitaria y una copia certificada para cada vehículo utilizado en el transporte internacional de pago.
- Para el cabotaje y el comercio cruzado, es necesario presentar la declaración de desplazamiento a través del sistema IMI antes de realizar la operación.
- Los conductores desplazados deben ser remunerados según el nivel mínimo aplicable en el Estado miembro de acogida, según el principio de «igual salario por trabajo igual».
- La empresa debe llevar un registro claro de las horas trabajadas en cada estado, el cálculo salarial y los documentos justificativos.
- El incumplimiento de las obligaciones puede dar lugar a multas, la inmovilización del vehículo o la suspensión del derecho de circulación.
- Se recomienda implementar un sistema interno de supervisión y auditoría periódica para prevenir riesgos legales y financieros.
La adopción oportuna de las medidas técnicas y administrativas necesarias reducirá el riesgo de sanciones y garantizará la continuidad del transporte internacional después del 1 de julio de 2026.
El presente documento constituye una guía formal de cumplimiento destinada a los operadores de transporte de mercancías por carretera de Rumanía que utilizan vehículos con un peso máximo autorizado (PMA) de entre 2,5 y 3,5 toneladas y realizan operaciones de transporte internacional o cabotaje en el territorio de la Unión Europea.
1. Marco legislativo aplicable
A partir del 1 de julio de 2026, los vehículos con un peso máximo autorizado (PMA) de entre 2,5 y 3,5 toneladas utilizados para el transporte internacional de mercancías o para operaciones de cabotaje estarán sujetos a la obligación de equiparse con un tacógrafo inteligente de segunda generación (Smart Tachograph v2 – G2V2).
La aplicación de esta obligación se deriva de las modificaciones introducidas por el Paquete de Movilidad I, que amplían la aplicabilidad de las normas sociales (tiempos de conducción y descanso) a los vehículos comerciales ligeros utilizados en operaciones transfronterizas.
A nivel nacional, la aplicación y las sanciones se llevan a cabo en virtud del Decreto Gubernamental n.º 37/2007 y de la normativa correspondiente de la Autoridad Rutera Rumana (ARR).
2. Obligaciones relativas al tacógrafo
Los operadores económicos deben garantizar lo siguiente:
- Equipar cada vehículo afectado con un tacógrafo inteligente G2V2 instalado en un taller autorizado.
- Calibración y sellado adecuados del equipo.
- Uso adecuado de las tarjetas tacográficas (tarjeta de conductor y tarjeta de empresa).
- Descarga periódica y archivo de datos según los requisitos legales.
- Formación de los conductores sobre el uso correcto del tacógrafo.
El incumplimiento de estas obligaciones puede dar lugar a sanciones administrativas, la inmovilización del vehículo o la suspensión del derecho de circulación.

3. Normas sobre los tiempos de conducción y descanso
Con la introducción del tacógrafo, los vehículos afectados están sujetos a las normas relativas a los tiempos de conducción, las pausas y los períodos de descanso. El operador es responsable de organizar la actividad de manera que:
- Se debe respetar la duración máxima diaria y semanal de conducción.
- Las pausas obligatorias deben realizarse de acuerdo con la normativa;
- Se concederá el descanso diario y semanal correspondiente.
- Los datos registrados deben reflejar la realidad de las actividades realizadas.
La empresa debe implementar procedimientos internos de verificación y control periódico de los datos descargados.
4. Licencias y documentos obligatorios
Para el transporte internacional de pago con vehículos de 2,5 a 3,5 t, es necesario disponer de la licencia comunitaria y de una copia conforme para cada vehículo.
Los documentos deben conservarse a bordo y presentarse para su control cuando lo soliciten las autoridades competentes.
5. Desplazamiento de conductores (Posting of Drivers)
En el caso de determinados tipos de transporte internacional (cabotaje, transporte cross-trade), el operador tiene la obligación de presentar la declaración de desplazamiento a través del portal conectado al sistema IMI.
La declaración debe enviarse antes de realizar la operación en cuestión y debe incluir los datos del operador, los datos del conductor, el período de desplazamiento y el Estado miembro de acogida.
El conductor debe poder presentar en el control la prueba del registro de la declaración, así como los documentos justificativos relativos a la operación de transporte.
6. Remuneración según las normas de desplazamiento
Durante el período de desplazamiento a un Estado miembro, el conductor tiene derecho a la remuneración aplicable en el Estado de acogida, de conformidad con el principio de «igual salario por trabajo igual».
El operador debe garantizar que el nivel total de la remuneración concedida al conductor durante el período de desplazamiento no sea inferior al nivel mínimo establecido en el Estado miembro correspondiente.
Los elementos salariales pueden incluir el salario base, indemnizaciones específicas, complementos y otros componentes obligatorios según la legislación del país de acogida.
Las indemnizaciones por desplazamiento solo pueden considerarse parte de la remuneración en la medida en que no constituyan reembolsos de gastos (transporte, alojamiento, manutención).
El operador debe llevar registros claros del cálculo del salario, las horas trabajadas en cada Estado y la documentación justificativa correspondiente.
7. Organización interna recomendada
Para garantizar el cumplimiento, se recomienda designar a una persona responsable de supervisar los tacógrafos, gestionar las tarjetas, presentar las declaraciones IMI y verificar el cumplimiento de las normas salariales.
Se recomienda realizar una auditoría interna trimestral sobre el cumplimiento de las obligaciones legales.
8. Conclusiones
La ampliación de la obligación de utilizar el tacógrafo a los vehículos de 2,5 a 3,5 toneladas supone un cambio importante para los operadores rumanos que realizan transporte internacional. El cumplimiento de esta normativa no solo implica la instalación del equipo técnico, sino también la implementación de un sistema completo de supervisión, notificación y remuneración correcta de los conductores desplazados.
Adoptar las medidas necesarias antes de la fecha límite del 1 de julio de 2026 reducirá el riesgo de sanciones, litigios y pérdidas comerciales.
Preguntas frecuentes sobre la obligación de llevar tacógrafo en vehículos de 2,5 a 3,5 t en el transporte internacional

Fundador y Director General de Paneuropa Logistics
Soy György Bokor, fundador y CEO de Paneuropa Logistics. Llevo más de 20 años en el sector de la logística, centrándome en el transporte internacional, la expedición de mercancías, las entregas de última milla y los servicios aduaneros. Me apasiona desarrollar soluciones eficientes que conecten a las empresas de toda Europa.
